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¿CÓMO DARSE DE ALTA COMO AUTÓNOMO?

El alta de autónomo en España es un proceso que pasa por dos organismos diferentes:
Hacienda y la Seguridad Social. Así que para empezar vamos a diferenciar muy bien estas 2
organizaciones:

  • Hacienda: es la autoridad tributaria que regulará los aspectos fiscales de nuestro negocio como el pago de impuestos y retenciones. El alta es obligatoria para cualquier actividad y para poder emitir facturas.
  • Seguridad Social: resumidamente, recogerá el pago de la cuota de autónomo a través del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), con el que contribuirás al sistema público que permite prestaciones sociales como desempleo, jubilación o cese de actividad. Obligatoria solo para actividades habituales y con beneficio mayor al SMI.

La inscripción en Hacienda y el alta como autónomo en la Seguridad Social son dos trámites
diferentes pero complementarios.

¿CUÁLES SON LOS TRÁMITES PARA DARSE DE ALTA COMO AUTÓNOMO?

Existen dos trámites obligatorios en el proceso de darse de alta como autónomo. En función
de tu actividad puede ser que tengas que hacer alguno más, por ejemplo, si vas a necesitar un
local o tener empleados a tu cargo.
 

Trámites obligatorios:

  •  Alta en Hacienda: también llamada Agencia Tributaria o AEAT. Esto es para inscribir nuestra actividad económica en el sistema tributario de impuestos. Esta inscripción es obligatoria para cualquier actividad.
  •  Alta en el RETA: para darnos de alta como autónomo en el sistema de la Seguridad Social, recibir prestaciones y contribuir con el pago de la cuota de autónomo. Solo es obligatoria en el caso de que registremos una actividad profesional habitual con un beneficio mayor al salario mínimo interprofesional.

Trámites opcionales en función del caso:

  • Solicitud de licencia de apertura: (si corresponde) para negocios con locales físicos que necesitan esta licencia para operar legalmente. 
  • Alta en los organismos de trabajo: trámite a realizar por los autónomos que abran un espacio donde emplean a otros trabajadores.

Trámites opcionales en función del caso:

  • Solicitud de licencia de apertura: (si corresponde) para negocios con locales físicos que necesitan esta licencia para operar legalmente.
  •  Alta en los organismos de trabajo: trámite a realizar por los autónomos que abran un espacio donde emplean a otros trabajadores.

Solicitud de la licencia de apertura

Los negocios que se desarrollen en un local determinado tendrán que hacer, además del alta
de autónomo en Hacienda y RETA, una solicitud de licencia de apertura para operar
correctamente y tributar en consecuencia.

Para obtener una licencia de apertura para tu establecimiento, es necesario seguir un proceso
detallado. Estos son los pasos que debes seguir:

1. Realiza un informe técnico de licencia de apertura: Este informe debe incluir todos los
detalles técnicos relacionados con el proyecto.

2. Certificación del proyecto: el Colegio Oficial debe supervisar y certificar el proyecto
para garantizar que cumple con todas las regulaciones y estándares necesarios.

3. Pago de tasas: deberás realizar el pago de las tasas correspondientes en el banco o en
el Ayuntamiento para que se evalúe tu situación.

4. Declaración responsable: es necesario presentar una declaración responsable firmada
por el propietario del establecimiento.

5. Presentación de la solicitud: una vez que se han cumplido todos los requisitos
anteriores, es necesario presentar la solicitud de licencia de apertura, junto con el
proyecto técnico y el comprobante de pago de las tasas municipales.

6. Visita del técnico: finalmente, un técnico del Ayuntamiento visitará el local para
comprobar que cumple con todas las condiciones necesarias para su apertura.

Comunicación de apertura del centro de trabajo

Según el tipo de actividad, el alta como autónomo puede suponer también la obligación de
hacer una comunicación de apertura del centro de trabajo.
Este es un trámite a realizar por
los autónomos que abran un espacio donde emplean a otros trabajadores. Este proceso sirve
para informar a las autoridades laborales y de seguridad social de la existencia de un nuevo
centro de trabajo y sus características, como la dirección, la actividad económica y los
trabajadores empleados.

El proceso de comunicación de apertura se puede realizar de forma online pero hay que
hacerlo según los procesos de cada Comunidad Autónoma. Para realizar este trámite, se
necesitan ciertos datos y documentos, como el NIF o NIE del titular de la empresa,
información sobre la actividad económica que se va a desarrollar y los trabajadores que se van
a contratar.

Además, es importante tener en cuenta que la comunicación de apertura del centro de trabajo
debe ser realizada antes del inicio de las actividades y antes de la contratación de los
trabajadores.

También hay que apuntar que, existe un trámite ligado muy importante. Se trata de la
inscripción y asignación del código cuenta de cotización
. La obtención de este código es
indispensable para poder contratar a alguien.

¿CÓMO PUEDO DAR DE ALTA MI EMPRESA EN HACIENDA?

El alta del autónomo en Hacienda sirve para registrar nuestra actividad económica en el
sistema tributario de impuestos. Esta inscripción es obligatoria para cualquier actividad
económica.
Para ello lo que tendremos que hacer es realizar la declaración de alta censal a través
del modelo 036 o con la versión simplificada del modelo 037. Estos “modelos” son los
formularios que utiliza Hacienda para recoger información sobre nuestra actividad.

Darse de alta online en Hacienda, ¿es posible?

Sí, el alta en Hacienda puede hacerse a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si dispones de
certificado electrónico o Cl@ve PIN puedes rellenar y presentar el modelo desde la página de
Hacienda.